Ayudas para autoconsumo compartido y desarrollo de comunidades energéticas en diferentes sectores

(27-12-22) Se ha publicado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones la Orden del Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, por la que se establecen las Bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para el fomento del autoconsumo compartido y el desarrollo de Comunidades Energéticas en diferentes sectores, en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias (Programa 2, Línea 1), con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2).

Estas ayudas, que entrarán en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, contemplan una única línea de financiación, destinada al fomento de las energías renovables en modalidad de autoconsumo compartido y desarrollo de comunidades energéticas en diferentes sectores (excepto el industrial). Tienen asignado un crédito presupuestario de 82.000.000 €.

PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS

Personas jurídicas (gestoras de polígonos industriales, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía, empresas de servicios energéticos (ESEs)); personas físicas; comunidades de energías renovables; comunidades ciudadanas de energía; Comunidades de propietarios y propietarios que de forma agrupada sean propietarios de los edificios.

PLAZO DE PRESENTACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente a través de sede electrónica:

https://sede.gobcan.es/sede/procedimientos_servicios/tramites/7897

Los modelos normalizados relativos a la convocatoria se encontrarán publicados en la dirección electrónica anterior.

Una misma persona o entidad podrá presentar más de una solicitud a la presente convocatoria, siempre que se refieran a actuaciones claramente diferenciadas, que sean ejecutables de forma independiente y cumplan todos los requisitos para ser consideradas subvencionables.

La concesión de las ayudas se realizará siguiendo el orden cronológico (fecha y hora) de los expedientes completos hasta agotar el crédito inicial asignado a la convocatoria.

PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

  • Inicio. Desde el 16/06/2022, hasta el 31/12/2023. Las entidades que realicen actividad económica las actuaciones no podrán haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud.
  • Terminación. Hasta 30/04/2024. No se podrán conceder ampliaciones del plazo citado más allá del día 30 de junio de 202
  • El plazo de justificación será de un mes tras su terminación, y en todo caso antes del 30/05/2024.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Despliegue de instalaciones de autoconsumo renovable, con o sin almacenamiento, en el sector residencial y otros sectores productivos (excepto el industrial). Serán actuaciones subvencionables los proyectos que promuevan la generación distribuida, mediante la modalidad de autoconsumo compartido, a través de instalaciones fotovoltaicas sobre cubiertas de edificaciones del sector residencial y de los sectores productivos (excepto el industrial), cuya producción eléctrica pueda suministrarse a otros edificios de la zona (a una distancia inferior o igual a 500 metros o la distancia que permita la normativa vigente en cada momento).

Podrá ser actuación subvencionable la inversión destinada a la mejora de la eficiencia energética en los edificios de estos sectores, mediante la realización de actuaciones de mejora de la envolvente térmica del edificio, de mejora de la eficiencia e incorporación de energías renovables en las instalaciones térmicas de climatización, ventilación y agua caliente sanitaria y de mejora de la eficiencia de las instalaciones de iluminación.

En todo caso, para que las actuaciones de mejora de eficiencia energética en los edificios objeto de esta línea de ayudas puedan ser subvencionables deberán formar parte de proyectos integrales que incluyan tanto medidas de eficiencia como la incorporación de generación eléctrica renovable.

Fomento de comunidades energéticas en diferentes sectores. Será actuación subvencionable el desarrollo de comunidades energéticas que promuevan proyectos integrales para la mejora de la eficiencia energética en los edificios del sector residencial o de los sectores productivos (excepto el industrial), la producción y gestión de la energía de origen renovable y su almacenamiento.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Inversiones necesarias para la ejecución de las actuaciones.
  • Gastos de implementación (actuaciones preparatorias previas y asistencias técnicas externas).
  • Costes de preparación de la documentación técnica/administrativa para la formación de la comunidad energética.
  • Ensayos y pruebas preliminares.
  • Costes de ejecución de las obras y/o instalaciones, así como la inversión en equipos y materiales.
  • Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias (auxiliares o no).
  • Honorarios profesionales para la dirección facultativa de las obras e instalaciones objeto de la ayuda, la coordinación de seguridad y salud y la realización de toda la documentación técnica necesaria para la ejecución, puesta en marcha e inscripción administrativa de las instalaciones subvencionadas.
  • Costes relacionados con la preparación y presentación de solicitudes, y con la justificación de las ayudas otorgadas.

IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES

Podrá aprobarse un abono anticipado de hasta un 50 % del importe concedido, una vez que se acredite el inicio de las actuaciones objeto de subvención, y se presente documento de garantía por el importe total del anticipo solicitado, en caso de que el importe concedido supere los 50.000,00 €.

Las presentes ayudas son incompatibles con la percepción del régimen retributivo específico regulado en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Esta noticia se ha generado como parte de las acciones desarrolladas en la Campaña de promoción de la sostenibilidad y la Industria 4.0 en el Sector Industrial, proyecto subvencionado por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.