Bases reguladoras de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo (Programa Kit Digital)
FINALIDAD: Mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las pequeñas empresas, de las microempresas y de las personas en situación de autoempleo, mediante la adopción de soluciones de digitalización en las siguientes categorías descritas en el anexo IV: sitio web y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de clientes, business intelligence y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, servicios y herramienta de oficina virtual, comunicaciones seguras y ciberseguridad
BENEFICIARIOS: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español. Se establecen a tal efecto los siguientes segmentos de beneficiarios según el número de empleados y la categoría de empresa:
- Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
- Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.
- Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.
Las convocatorias determinarán el segmento o los segmentos de beneficiarios que podrán solicitar la subvención pública correspondiente.
CATEGORÍAS DE SOLUCIONES DE DIGITALIZACIÓN: Todas las Categorías de Soluciones de Digitalización exigirán a las soluciones de digitalización:
- La prestación de un servicio de soporte ante incidencias con un plazo de resolución de menos de 24 horas. La prestación podrá realizarse de forma remota. Los beneficiarios dispondrán de un servicio de atención al cliente telefónico y por email.
- La impartición al beneficiario de la formación necesaria que le permita la adquisición de conocimientos básicos para su uso inicial y posterior gestión, especialmente en materia de cumplimiento de la normativa aplicable, en concreto el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, y cualquier otra normativa específica que se determine.
La relación de Categorías de Soluciones de Digitalización aplicables es la establecida en el Anexo IV de esta Orden. En su caso, podrá actualizarse mediante la modificación de la presente orden.
CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS AYUDAS: La ayuda se concederá por las siguientes cuantías
Segmentos de beneficiarios | Importe del «bono digital» |
---|---|
Segmento I. Pequeñas empresas entre 10 menos de 50 empleados. | 12.000 euros |
Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados. | 6.000 euros |
Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados. | 2.000 euros |
Asimismo, los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización y segmento son los siguientes:
Categorías de Soluciones de Digitalización | Meses de prestación del servicio | Ayudas por segmento para las Categorías de Soluciones de Digitalización | ||
---|---|---|---|---|
Segmento III 0 ‐<3 empleados |
Segmento II 3 ‐<10 empleados |
Segmento I 10 ‐< 50 empleados |
||
Sitio Web y Presencia en Internet. | 12 | 2.000 € | 2.000 € | 2.000 € |
Comercio Electrónico. | 12 | 2.000 € | 2.000 € | 2.000 € |
Gestión de Redes Sociales. | 12 | 2.000 € | 2.500 € | 2.500 € |
Gestión de Clientes. | 12 |
2.000 € (incluye 1 usuario) |
2.000 € (incluye 1 usuario) |
4.000 € (incluye 3 usuarios) |
Business Intelligence y Analítica. | 12 |
1.500 € (incluye 1 usuario) |
2.000 € (incluye 1 usuario) |
4.000 € (incluye 3 usuarios) |
Gestión de Procesos. | 12 |
500 € (incluye 1 usuario) |
2.000 € (incluye 3 usuarios) |
6.000 € (incluye 10 usuarios) |
Factura Electrónica. | 12 |
500 € (incluye 1 usuario) |
1.000 € (incluye 3 usuarios) |
1.000 € (incluye 3 usuarios) |
Servicios y herramientas de Oficina Virtual. | 12 | 250 € / usuario | ||
(hasta 2 usuarios) | (hasta 9 usuarios) | (hasta 48 usuarios) | ||
Comunicaciones Seguras. | 12 | 125 € / usuario | ||
(hasta 2 usuarios) | (hasta 9 usuarios) | (hasta 48 usuarios) | ||
Ciberseguridad. | 12 | 125 € / dispositivo | ||
(hasta 2 dispositivos) | (hasta 9 dispositivos) | (hasta 48 dispositivos) |
Categorías de Soluciones de DigitalizaciónMeses de prestación del servicioAyudas por segmento para las Categorías de Soluciones de Digitalización
Se otorgará una única subvención pública por beneficiario entre todas las convocatorias del Programa, salvo que en estas se permita un número superior.
Los beneficiarios abonarán el precio de las soluciones de digitalización que contraten, dentro de las incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa, mediante la cesión, parcial o total, del derecho al cobro de la subvención concedida («bono digital») a los Agentes Digitalizadores Adheridos, que tendrán la obligación de aceptarla. Esta cesión del derecho al cobro de la subvención pública concedida se pactará, por los importes correspondientes, en los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización, mediante su formalización, de conformidad con el artículo 30 de esta Orden.
FINANCIACIÓN E INTENSIDAD MÁXIMA DE AYUDA: El importe de ayuda final aplicable a cada solución de digitalización será el menor de los siguientes importes:
- Ayuda máxima de la Categoría de Solución de Digitalización a la que corresponde la solución de digitalización.
- Coste de la solución de digitalización contratada.
- El importe de la subvención concedida no asociado a Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizados.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y NOTIFICACIONES: El plazo de presentación de solicitudes será de tres (3) meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria, o superior si esta establece otro plazo. Este plazo concluirá antes si se agotare el crédito presupuestario de la convocatoria.
JUSTIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA: La justificación de la actividad subvencionada se realizará para cada uno de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización, siendo los responsables últimos de la misma los beneficiarios de la subvención. La presentación de la justificación de la subvención se realizará por los Agentes Digitalizadores Adheridos, en nombre del beneficiario y de conformidad con las fases de prestación de la solución establecidas en el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización y en el artículo 22 de la presente orden.
Enlace a las BASES
Esta noticia se ha generado como parte de las acciones desarrolladas en la Campaña de Promoción de la Industria 4.0 del Sector Industrial, proyecto subvencionado por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.