Convocatoria de subvenciones para la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos en el 2023

Se ha publicado en el B.O.C. la ORDEN de 1 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023 para la concesión, en concurrencia no competitiva, de subvenciones para la ejecución de diversas actuaciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (Programa Único-Industria y Empresas).

Estas ayudas derivan del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, que aprueba la concesión directa de una subvención a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas actuaciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Con estas ayudas se pretende contribuir a que al menos 39 pequeños polígonos industriales y ámbitos empresariales alcancen una velocidad de conectividad de 1 Gigabit por segundo en la Comunidad Autónoma de Canarias. Tienen una dotación de 2.458.500 euros para el 2023.

ENTIDADES BENEFICIARIAS.

Las personas físicas y jurídicas titulares de bienes inmuebles situados en alguno de los ámbitos material de actuación de los definidos como zonas elegibles en el Anexo 6 mediante su correspondiente referencia catastral, así como las comunidades de propietarios sujetos al régimen de propiedad horizontal.

En el caso de que estas entidades destinatarias realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, las ayudas se regirán por el Reglamento de minimis.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.

Inversiones y gastos directamente relacionados con proyectos para instalar una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en cada una de las fábricas, centros y dependencias que formen parte de alguno de los ámbitos materiales de actuación de los definidos como zonas elegibles definidos en el Anexo 6 de las presentes bases.

- Las actuaciones deberán llevarse a cabo por empresas instaladoras inscritas en el tipo “B” o “F” del Registro de empresas instaladoras de telecomunicación.

- La entidad destinataria última podrá subcontratar con terceros la ejecución de parte de la actividad subvencionada, siempre y cuando el coste de la subcontratación no supere el 50 por ciento del importe total de la misma.

- Las inversiones y gastos considerados deben ser realizados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de subvención, facturados antes de la fecha de finalización del plazo de ejecución del proyecto y pagados por la entidad beneficiaria con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.

 GASTOS SUBVENCIONABLES.

- Infraestructuras y obra civil.

- Equipamiento y otros materiales.

- Gastos de personal propio empleado en la ejecución de la subvención.

- Otros costes generales o indirectos imputables al proyecto, como la realización de los trabajos vinculados a la actividad de la persona titulada competente en materia de telecomunicaciones.

INTENSIDAD DE LAS AYUDAS E IMPORTE MÁXIMO DE LA SUBVENCIÓN.

  • La intensidad máxima de la ayuda no será superior al 80% del coste de todos los conceptos subvencionables. La ayuda máxima que se podrá solicitar por proyecto no podrá superar ni la intensidad máxima de la ayuda, ni las dotaciones asignadas para cada tipo de actuación.
  • El importe máximo de la subvención por proyecto será de 63.000 euros.
  • El abono de la subvención podrá ser anticipado.

PLAZOS PARA REALIZAR LA ACTIVIDAD.

- El proyecto podrá iniciarse a partir del momento de presentación de la solicitud.

- El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de la ayuda será el 31 de diciembre de 2023.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

- Desde el 14 de marzo y hasta el agotamiento del crédito disponible o, en caso de que esto no ocurra, hasta el 29 de septiembre de 2023.

- La concesión de esta subvención se tramitará mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva.

Esta noticia se ha generado como parte de las acciones desarrolladas en la Campaña de promoción de la sostenibilidad y la Industria 4.0 en el Sector Industrial, proyecto subvencionado por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.