Convocatoria de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial para el año 2022
Publicacion en el Boletín Oficial del Canarias del Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2022, por la que se convoca para el año 2022 la concesión de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial de Canarias.
BENEFICIARIOS:
Pequeñas y medianas empresas (pymes) cuya actividad principal sea industrial y cuyo proyecto objeto de subvención se realice en Canarias, así como las que sean laboratorios de ensayos o de calibración que cumplan los requisitos establecidos en la base general 2ª, apartado 3.
También podrán presentarse sociedades en constitución, condicionadas a lo establecido en las bases reguladoras.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
Línea I. Apoyo a la inversión productiva para:
- Crear un nuevo establecimiento industrial. Incluye el traslado de un establecimiento industrial de suelo cuyo uso principal no sea industrial a un nuevo emplazamiento en suelo clasificado como industrial.
- Establecimientos industriales existentes, para ampliar su capacidad de producción, diversificar su producción (en productos que anteriormente no se producían), o realizar una transformación fundamental del proceso de producción. Se consideran dentro de este último actuaciones para la transformación digital de la industria y las que promuevan la economía circular y ecoinnovación aplicadas en la mejora del proceso de producción.
Línea II. Apoyo a la Calidad de la Producción y a la Incorporación de Factores Creadores de Ventajas Competitivas, para:
- Apoyo a la calidad en la producción, para la capacitación técnica (mediante acreditación) de los laboratorios de ensayo o de calibración industrial, certificación productos industriales, creación o modernización de los laboratorios de control de calidad de las pymes industriales, o implantación de sistemas de inocuidad de los alimentos según ISO 22000 o de seguridad alimentaria (tales como BRC o IFS).
- Incorporación de intangibles, para la incorporación de diseño al producto (funcional, de ecodiseño o estético) y mejora de los procesos (transformación digital, reingeniería de procesos), auditorías energéticas, o implantación de normas de reconocido prestigio.
CUANTÍA:
- Línea I. El porcentaje de subvención es fijo sobre la inversión aprobada, que será del 40%. La inversión mínima será de 10.000 euros, siendo la inversión máxima subvencionable de 1.000.000 de euros.
- Línea II. El porcentaje de subvención es fijo sobre la inversión aprobada, que será del 60%. La subvención máxima por actuación será de 75.000 euros para el subtipo Calidad de la Producción (II.1) y de 10.000 euros para el resto (II.2).
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes es del 12 mayo al 13 de junio de 2022 a las 14:00 horas.
Todas las solicitudes deben presentarse de forma electrónica a través de la sede electrónica:
https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/7386.
También podrán descargar modelos e información de interés en:
https://www.gobiernodecanarias.org/industria/temas/subvenciones/
INICIO Y FINALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES.
El inicio de las inversiones será a partir de la presentación de la solicitud de subvención, salvo que haya presentado previamente una pre-solicitud para esta convocatoria (base general 8ª). Las fechas límite de ejecución y de justificación se concretan para la presente convocatoria de la forma siguiente:
- La subvención concedida tendrá carácter anual, por lo que el plazo de ejecución del proyecto subvencionado finalizará el 31 de octubre de 2022 y el plazo de justificación de la actuación subvencionada finalizará el 15 de noviembre de 2022.
- En el caso de que se solicite y se conceda el abono anticipado de la subvención, las fechas límite de ejecución y justificación quedan establecidas en el 31 de diciembre de 2023, en ambos casos.
OTROS DATOS
Posibilidad de abono anticipado de la subvención. Podrá concederse para aquellos proyectos subvencionados que lo soliciten, siempre que se cumplan las condiciones establecidas para ello en las bases reguladoras y en la convocatoria, cuando proceda dicho abono, se tramitará sin régimen de garantías.
La justificación de la subvención, para la línea de actuación I, revestirá la forma de “Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor”, mientras que para la línea de actuación II, revestirá la forma de “Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto”.
ENLACE A NORMATIVA DE REFERENCIA
Esta noticia se ha generado como parte de las acciones desarrolladas en la Campaña de Promoción de la Industria 4.0 del Sector Industrial, proyecto subvencionado por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.