Gobierno lanza ayudas para apoyar proyectos de tecnologías 5G y 6G

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves 18 de agosto las bases de estas ayudas, así como su primera convocatoria en el marco del Plan de Recuperación y el programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión (UNICO), concretamente UNICO Sectorial 5G para 2022, según ha informado el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

En concreto han presentado dos ayudas, las cuales son las subvención para proyectos de I más D en 5G avanzado y la subvención para proyectos tractores 5G de digitalización sectorial, ambas destinadas al sector empresarial de caulquier tamaño y con fechas tope de solicitud hasta el 7 de septiembre en el caso de la primera y 8 de septiembre para la segunda.

Con dotaciones de unos 90 millores de euros cada una, estas ayudas en forma de subvenciones están destinadas a la realización de proyectos de desarrollo experimental (creación de prototipos, demostración, ensayo y validación) de aplicaciones y servicios asociados al 5G que incidan en la transformación digital de sectores económicos como el vehículo conectado, la salud, el turismo o la seguridad, entre otros.

Información más detallada de cada ayuda:

Convocatoria de subvenciones para proyectos tractores 5G de digitalización sectorial

OBJETO.

Este programa comprende la realización de proyectos de desarrollo experimental asociados a la aplicación de la tecnología 5G en los siguientes sectores económicos:

  • Vehículo conectado.
  • Salud y servicios sociales.
  • Servicios portuarios y aeroportuarios.
  • Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
  • Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación.
  • Medio ambiente y calidad del aire.
  • Almacenamiento y logística.
  • Educación.
  • Energía.
  • Gestión de emergencias.
  • Industria extractiva y manufacturera.
  • Hostelería.
  • Información y comunicaciones.
  • Actividades financieras y de seguros.
  • Actividades inmobiliarias.
  • Defensa y seguridad.
  • Movilidad y transporte.
  • Construcción.
  • Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.
  • Industria Naval.
  • Otros servicios.

Se entiende por desarrollo experimental la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. Puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios. TIPOS DE

Podrán ser beneficiarios, tanto empresas como organismos de investigación y de difusión de conocimientos.

COSTES SUBVENCIONABLES

  1. Gastos de personal dedicado al proyecto: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
  2. Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. Únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
  3. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
  4. Gastos generales directamente derivados del proyecto.
  5. Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.

INTENSIDAD DE LA AYUDA

La intensidad de la ayuda podrá aumentar en 15 puntos porcentuales, hasta una intensidad máxima de ayuda del 60 por ciento de los costes subvencionables si los resultados del proyecto se difunden ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de datos de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta, o si el proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas, o entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos.

OTROS DATOS.

  • Plazo de presentación de solicitudes: 15 días hábiles.
  • La duración de los proyectos podrá extenderse como máximo hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • El pago de la subvención se realizará por anualidades y de manera anticipada.
  • Enlace a las bases reguladoras: Orden ETD/806/2022, de 26 de julio

Convocatoria de subvenciones para proyectos de I más D en 5G avanzado

OBJETO.

Las empresas solo podrán ser beneficiarias del Subprograma de proyectos de I D en 5G avanzado. Este programa tiene como finalidad la financiación de proyectos de investigación industrial (TRL 3 y 4) y proyectos de desarrollo experimental (TRL 5 y 6) en materia de 5G avanzado, en los que se produzca un impulso sustancial en el grado de madurez tecnológico.

TIPOS DE PROYECTOS

  1. Investigación industrial: la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
  2. Desarrollo experimental: la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. Puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

ÁMBITOS TEMÁTICOS DE LOS PROYECTOS

  • Tecnologías y técnicas de procesamiento de señales.
  • Tecnologías radio en mmW (mejoras en MIMO, beam Management…)
  • Tecnologías ópticas y fotónica.
  • Machine Learning.
  • Redes no terrestres con soporte satelital (NTN).
  • Mejoras de los sistemas RAN.
  • Control de red.
  • Mejoras de la Arquitectura basada en servicios (SBA).
  • Gestión de recursos zero-touch.
  • Redes deterministas.
  • Edge Computing.
  • Realidad extendida.
  • Privacidad y seguridad.

COSTES SUBVENCIONABLES

  1. Gastos de personal dedicado al proyecto: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
  2. Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. Únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
  3. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
  4. Gastos generales directamente derivados del proyecto.
  5. Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.

INTENSIDAD DE LA AYUDA

La intensidad de la ayuda podrá aumentar en 15 puntos porcentuales, hasta una intensidad máxima de ayuda del 80 por ciento de los costes subvencionables si los resultados del proyecto se difunden ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de datos de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

OTROS DATOS.

  • Plazo de presentación de solicitudes: 15 días hábiles.
  • La duración de los proyectos podrá extenderse como máximo hasta el 30 de junio de 2025.
  • El pago de la subvención se realizará por anualidades y de manera anticipada.
  • Enlace a las bases reguladoras: Orden ETD/805/2022, de 15 de julio

 

Esta noticia se ha generado como parte de las acciones desarrolladas en la Campaña de Promoción de la Industria 4.0 del Sector Industrial, proyecto subvencionado por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.