Modificación de las bases reguladoras de las ayudas a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada 4.0, (Activa_Financiación)
Esta Orden incorpora las modificaciones introducidas en la Ley 38/2003 General de Subvenciones para el cumplimento de la ley 3/2004 de 29 de diciembre (artículos 13.3 y 13.3 bis) por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad como requisitos para poder ser beneficiario de esta ayuda.
También se modifica el artículo 17 (Régimen de garantías), el artículo 18. (Órganos competentes para convocar, instruir y resolver el procedimiento de concesión y órgano responsable del seguimiento), el artículo 25. (Comisión de evaluación), los apartados 2.d) y 3 del artículo 26 (Instrucción del procedimiento y resolución) y los apartados 2 y 4 del artículo 33 (Refinanciación de los préstamos concedidos). de la Orden ICT/713/2021.
Igualmente se añaden los numerales p) y q) al apartado 2 del artículo 23 (Formalización y presentación de solicitudes):
«p) Cuando el importe de ayuda solicitado sea mayor de 30.000 euros, acreditación de que, en el momento de presentar la solicitud, el solicitante cumple los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. La documentación a presentar para dicha acreditación se detallará en las correspondientes convocatorias.
- q) Otra documentación que se determine en la convocatoria y que sea necesaria para acreditar el cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario.»
Las ayudas Activa_Financiación apoyan el desarrollo de proyectos de investigación y desarrollo, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos que contribuyan a la transformación digital de las empresas industriales y a la mejora de su sostenibilidad ambiental como consecuencia de su digitalización.
Pueden ser beneficiarios de las mismas las sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial, al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud.
Normativa relacionada (textos consolidados):
- Orden ICT/713/2021, de 29 de junio (bases reguladoras)
- Ley 38/2003 General de Subvenciones
- ley 3/2004 de lucha contra la morosidad
- Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas
Esta noticia se ha generado como parte de las acciones desarrolladas en la Campaña de promoción de la sostenibilidad y la Industria 4.0 en el Sector Industrial, proyecto subvencionado por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.