Modificación de las bases reguladoras de subvenciones para la regeneración y dinamización de áreas industriales existentes

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Canarias la ORDEN de 12 de abril de 2022, por la que se modifican las bases reguladoras de subvenciones para la regeneración y dinamización de áreas industriales existentes.

Esta Orden introduce aspectos que contribuyan a la implantación en los sectores económicos de las medidas contempladas en la legislación nacional y autonómica sobre igualdad entre mujeres y hombres, determinadas simplificaciones en la gestión y aclaraciones, como consecuencia de la experiencia adquirida.

A continuación, se detallan las principales modificaciones:

BASES GENERALES

Objeto y finalidad

  • Se incluye un nuevo objetivo: tipo III: La planificación y ordenación del espacio industrial, mediante la elaboración de los instrumentos de ordenación y/o de proyecto de urbanización de un área industrial, o de una ampliación de la misma, así como mediante la redacción de proyectos de regeneración integral de un área industrial, o de regeneración sustancial, entendiéndose esta cuando cubre un porcentaje mayoritario del área industrial donde se va a intervenir o del número de tipos de infraestructuras, instalaciones o equipamientos.
  • Con carácter general, las subvenciones concedidas al amparo de las presentes bases no se considerarán ayuda del Estado. Excepcionalmente, a la vista de la entidad solicitante y de la actuación objeto de subvención, el órgano gestor podrá determinar que a una actuación concreta el Reglamento de mínimis.

Beneficiarios

  • Deberá quedar expresamente indicado en la solicitud qué entidad será la responsable del futuro mantenimiento de las infraestructuras e instalaciones que se deriven de las actuaciones subvencionadas una vez ejecutadas.

Obligaciones del beneficiario

  • Suministrar los datos (económicos, de empleo, respuesta a cuestionarios, etc.) que le sean requeridos por el Departamento gestor de la presente línea de subvenciones durante el plazo de mantenimiento de las inversiones fijado en la base general 9ª con el objetivo de evaluar el impacto y resultados de este programa de subvenciones (como parte de la evaluación de las políticas públicas).
  • Adoptar las medidas destinadas a promover la igualdad entre hombres y mujeres, procurar un uso no sexista del lenguaje y velar por transmitir una imagen igualitaria, plural y no estereotipada, y garantizar una representación equilibrada entre mujeres y hombres en los equipos de trabajo que se constituyan, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres.”

Solicitudes y documentación

  • En relación a la acreditación de la normativa ambiental para actuaciones de la Línea I de la base específica 1ª, el centro gestor podrá requerir un informe que incluya, de forma expresa y debidamente motivada, informes o declaraciones de impacto ambiental.
  • Para las Líneas de actuación II y III de la base específica 2ª, cuando la actuación solicitada consista en la elaboración de un plan, proyecto, manual o documento similar, el órgano gestor podrá solicitar un documento donde expresamente se manifieste el compromiso de ejecución de las acciones que se deriven del documento cuya elaboración se pretende subvencionar, que incluya la futura aportación de fondos que se prevé destinar a este fin.
  • Con la presentación de solicitud, así como de la justificación, la entidad solicitante declara responsablemente que la documentación aportada de forma electrónica es copia fiel del original, que se custodia dicha entidad, y que los datos que en ella figuran son ciertos y mantienen su vigencia en el momento de dicha presentación, y que se compromete a aportar los documentos probatorios o los datos adicionales que le sean requeridos.
  • Podrá requerirse al solicitante una declaración responsable que incluya las ayudas de minimis en los últimos tres años, recibidas o solicitadas.

Pago de la subvención

  • Será requisito indispensable para la concesión del abono anticipado de la siguiente anualidad, que la ejecución presupuestaria en términos de inversión aprobada alcance el porcentaje que fije la convocatoria; dicho porcentaje coincidirá con el del hito intermedio, a menos que la convocatoria fije uno inferior. En caso contrario, el pago de la siguiente anualidad, si procediera, se realizará bajo la modalidad general de pago previa justificación.

BASES ESPECÍFICAS

Actuaciones subvencionables.

  • En proyecto de tipo II (Dinamización del espacio industrial existente), también será subvencionable la redacción de un documento técnico (proyecto de ejecución o documento técnico con contenido suficiente para la contratación o ejecución de una obra), que deberá estar orientado a la ejecución en un futuro próximo de equipamientos, dotaciones o infraestructuras técnicas de uso común o compartido en áreas industriales.
  • En proyecto de tipo III (Planificación y Ordenación del espacio industrial), las actuaciones podrán consistir en:
  1. a) Elaboración de los instrumentos de ordenación y/o del proyecto de urbanización de un área industrial, o de una ampliación de la misma.
  2. b) Redacción de proyectos de regeneración integral de un área industrial, o de regeneración sustancial, entendiéndose esta cuando cubre un porcentaje mayoritario del área industrial donde se va a intervenir o del número de tipos de infraestructuras, instalaciones o equipamientos.

Gastos subvencionables

  • Requisitos específicos para la Línea II: Serán subvencionables los costes de consultoría relativos a la tutorización del proyecto y a la realización de los documentos pertinentes, así como los costes a entidades o profesionales para la redacción de los documentos técnicos correspondientes. La solicitud de la subvención deberá expresar el desglose de horas diferenciando, la parte de consultoría y su coste. Asimismo, se deberá acreditar la competencia técnica de las entidades y de los consultores o profesionales que trabajarán en el proyecto. Esta competencia podrá ser acreditada, entre otros medios, por la experiencia en la realización de actividades similares. El en caso de actuaciones del subtipo d), el documento deberá estar elaborado por personas con una titulación técnica con competencias para ello.
  • Requisitos específicos para la Línea III: Serán subvencionables los costes derivados de la redacción de los documentos a que se hace referencia en la base específica 1ª, por parte de personas con una titulación técnica con competencias para ello. En la solicitud de la subvención deberá aportarse una estimación de los recursos humanos necesarios para su desarrollo (indicando como mínimo su número, desglose de horas y su coste horario); en el caso de entidades sujetas a la normativa de contratación pública se aportará el cálculo justificativo del valor estimado del contrato.

Cuantía de la subvención

  • La cuantía de la subvención, para los proyectos de la Línea III, corresponderá a un porcentaje fijo sobre la inversión aprobada. Este porcentaje no superará el 70%, estando limitada la subvención máxima a 200.000 euros por proyecto y entidad beneficiaria.
  • A cada beneficiario se le podrá subvencionar como máximo una actuación por línea, y en el caso de la Línea II solo podrá subvencionarse uno de los subtipos indicados en la base específica 1ª (a, b, c, d).
  • No podrá ser concedida una actuación de los subtipos a) y b) de la Línea II a una entidad que haya sido beneficiaria en estos subtipos y para la misma área industrial, en los 2 años anteriores.”

Criterios de valoración

  • Se modifican algunos criterios, y se incluyen como nuevo para todos los tipos de actuación el siguiente:

Acciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres. Planes de Igualdad registrados en el organismo competente, o en trámite, a la fecha de solicitud (siempre que este no fuese obligatorio en virtud de la legislación de igualdad vigente): 20 puntos.

  • En el caso de solicitudes correspondientes a las Líneas II y III se penalizará la puntuación obtenida en un 50%, para aquellos beneficiarios en los que no se acredite el inicio de la ejecución material de las actuaciones subvencionadas en convocatorias anteriores para estas Líneas de actuación.”

Graduación de incumplimientos

  • Se establece la pérdida parcial de la subvención concedida, proporcionalmente a diferentes tipos de incumplimiento.

NORMATIVA DE REFERENCIA:

Esta noticia se ha generado como parte de las acciones desarrolladas en la Campaña de Promoción de la Industria 4.0 del Sector Industrial, proyecto subvencionado por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.