Publicación del Procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la reactivación económica de las pequeñas y medianas empresas en Canarias

Se ha publicado en el B.O.C. del EXTRACTO de la Orden de 5 de abril de 2023, por la que se convoca el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la reactivación económica de las pequeñas y medianas empresas en Canarias como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia Covid-19 y se aprueban las bases reguladoras del procedimiento, con cargo al fondo de ayuda a la recuperación para la cohesión y los territorios de Europa (REACT-EU), financiada al 100% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). y se aprueban las bases reguladoras del procedimiento, con cargo al fondo de ayuda a la recuperación para la cohesión y los territorios de Europa (REACT-EU), financiada al 100% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)., de la que adelantamos la información ayer en la Circular 102/23

Finalidad: La reactivación económica de pymes de Canarias mediante el apoyo a la creación de nuevas empresas y la consolidación de las existentes mediante proyectos destinados a realizar mejoras productivas, innovadoras y organizativas.

Dotación Económica: 10.500.000 euros (existe la posibilidad de incremento). Ayuda MINIMIS

Solicitudes: La presentación de la solicitud, se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la siguiente dirección de Internet:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/7937

Beneficiarios: Pymes (persona física o jurídica) que realicen un proyecto de los indicados en la base sexta en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias destinados a la actividad de Industria, construcción, turismo, comercio, transportes y de servicios en general.

Plazo de presentación de solicitudes: Quince días hábiles, a contar a partir de mañana 13 de abril de 2023

Procedimiento de concesión: El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, mediante la prelación de las solicitudes presentadas, estableciendo como criterio el orden de presentación de las solicitudes de acuerdo con lo establecido en la base segunda de las Bases Reguladoras.

Plazo máximo para resolver: Hasta el 15 de junio de 2023 (con posibilidad de ser ampliado).

Notificaciones: Las notificaciones de las resoluciones de concesión, desestimación o, en su caso, desistimiento y los requerimientos para subsanar defectos en la solicitud o en la justificación de la subvención se realizarán a través del tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Proyectos Subvencionables:

  1. A) Apoyo a la creación de nuevas pymes.
  2. B) Consolidación de pymes existentes.

B1. Mejora de la productividad y competitividad.

B2. Realización de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado.

B3. Apoyo a la implantación y certificación de normas.

Gastos Subvencionables (mínimo de 10.000 euros):

  1. a) Gastos de constitución y primer establecimiento, solo proyectos de creación de nuevas pymes.
  2. b) Bienes de equipo, entendiéndose por tales el equipamiento necesario para desarrollar la actividad.
  3. c) Inversiones inmateriales (software).
  4. d) Acondicionamiento de local.
  5. e) Colaboraciones externas, solo para los proyectos tipo B2 y B3.

Plazo de realización de la actividad y para considerar los gastos subvencionables: Desde el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022.

El plazo para justificar la actividad: Coincidirá con el plazo para la presentación de la solicitud de subvención. Por tanto ha de presentarse toda la documentación relativa a la solicitud (certificados, alta IAE, Acreditación del solicitante, alta de terceros, contratos de colaboración con colaboradores externos -proyectos tipo B.2-, etc), y de la justificación (memoria de actuación justificativa, memoria económica justificativa, facturas y acreditación de sus pagos, constitución de la persona jurídica -proyectos tipo A-, certificado colaborador externo, medidas de publicidad, inventario de activos, producto -proyectos B.2-, certificados de calidad, etc.)

Límite máximo de subvención: 60.000 euros.

Porcentaje de subvención: 35% con carácter general. Este porcentaje se incrementará de la siguiente forma:

-  Un 7% para proyectos realizados en zona prioritaria (La Palma, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, Fuerteventura y La Graciosa)

- Un 3% si se da alguno de los siguientes requisitos:

  1. a) el solicitante es mujer (autónoma) o siendo persona jurídica el 50% o más del capital social sea de mujeres o el representante sea mujer, o
  2. b) si se tiene discapacidad acreditada de al menos un 33% del solicitante, representantes, socios o empleados por cuenta ajena.

Abono de la subvención: El abono de las subvenciones se realizará previa justificación de los requisitos exigidos en las bases, una vez dictada la resolución de concesión y aceptada la subvención por parte de las personas y empresas beneficiarias en un plazo no superior a 30 días, a contar desde la fecha de publicación de la resolución de concesión en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Bases y Convocatoria de estas ayudas: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2023/071/006.html

Esta noticia se ha generado como parte de las acciones desarrolladas en la Campaña de promoción de la sostenibilidad y la Industria 4.0 en el Sector Industrial, proyecto subvencionado por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.