Segunda convocatoria del programa MOVES Proyectos Singulares II (Ampliación del plazo de solicitud hasta el 24/11/2022)

Se ha publicado en el B.O.E. el Extracto de la Resolución de 7 de octubre de 2022, del Consejo deAdministración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se modifica la Resolución de 14 de septiembre, por la que formaliza la segunda convocatoria del programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (ProgramaMOVES proyectos singulares II), para ampliar el plazo de presentación de solicitudes.

Mediante esta Resolución se modificación la anterior resolución de 14 de septiembre de 2022  para ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta las 14:00 horas del 24 de noviembre de 2022.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

Podrán ser objeto de ayuda, los proyectos relacionados con la utilización del vehículo eléctrico y de pila de combustible incluidos en el anexo I de las bases reguladoras, de manera que se consiga una reducción del consumo de energía final y como consecuencia de ello una menor dependencia energética del petróleo y la disminución de las emisiones de CO2.

Solo se podrán incentivar los proyectos que presenten un grado significativo de innovación en alguna de las siguientes áreas y contribuyan a elevar el nivel de protección del medio ambiente:

I. Movilidad eléctrica y aplicaciones TIC.

II. Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos innovadora, recarga de hidrógeno para vehículos e integración con otras redes inteligentes.

III. Aplicaciones de nuevos desarrollos de baterías y almacenamiento eléctrico para movilidad.

BENEFICIARIOS:

A.) Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).

B.) Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia.

C.) Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, la ayuda se concederá a la entidad o persona jurídica que gestione la agrupación o consorcio.

D.) El sector público institucional, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Desde las 9:00 h del día 3 de octubre de 2022 hasta las 14:00 horas del día 24 de noviembre de 2022.

Las solicitudes se realizarán a través del sistema telemático correspondiente alojado en el Portal de Ayudas de la sede electrónica del IDAE https://sede.idae.gob.es/

OTROS DATOS:

• El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva.

• Sólo serán subvencionables los proyectos o actuaciones cuya ejecución se inicie en fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.

• Se establece un límite máximo de ayuda, de 15 millones de euros por proyecto y beneficiario, así como una inversión mínima por proyecto de 100.000 euros.

• El IDAE, podrá conceder anticipos de las ayudas a los beneficiarios que lo soliciten, previa aportación de una garantía.

• El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda será de 18 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda.

• El plazo máximo de justificación de la actuación será de tres meses, contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo otorgado para la ejecución de la actuación.

NORMATIVA DE REFERENCIA:

• Extracto de la modificación: Resolución de 7 de octubre de 2022

• Bases reguladoras: Orden TEC/800/2021, de 23 de julio

• Convocatoria: Resolución de 14 de septiembre de 2022

Esta noticia se ha generado como parte de las acciones desarrolladas en la Campaña de Promoción de la Industria 4.0 del Sector Industrial, proyecto subvencionado por la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.